Página de información de PRODUCTOS DE HIGIENE y productos similares de QuimiNet. QuimiNet es un Portal Industrial Líder en el mundo, donde encontrará mucha Información y Herramientas de Negocio. A continuación un índice de la información contenida en esta página:
| Otros Productos |
Proveedores de PRODUCTOS DE HIGIENE |
Ir menú Δ |
Si usted desea saber quién vende, comercializa, distribuye u ofrece PRODUCTOS DE HIGIENE o productos similares, a continuación le mostramos una lista de vendedores o comercializadores que son fabricantes (productores), exportadores, distribuidores y en general suplidores / proveedores de PRODUCTOS DE HIGIENE. Para poder elegir mejor, en el listado puede ver de acuerdo a su ubicación donde comprar PRODUCTOS DE HIGIENE, solicitar información, precios o una cotización a las empresas que venden, exportan, manejan, manufacturan, ofrecen o comercializan este producto:
| Empresa | Producto | Información de contacto |
|---|---|---|
| Roberto Pasmanter cobertura: MUNDIAL | PRODUCTOS DE HIGIENE, PRODUCTOS DE TOCADOR | Somos proveedores de PRODUCTOS DE HIGIENE en Del Barco Centenera 1902 Col. CAPITAL FEDERAL BUENOS AIRES, ARGENTINA C.P. C1424ANN . Argentina Datos y productos de Roberto Pasmanter |
| CRO EQUIPO DE LABORATORIO CROMATOGRAFIA cobertura: Latinoamérica | Productos de limpieza e higiene, PRODUCTOS DESINFECTNTES, Armario tamaño medio para el almacenaje medio plazo de productos químicos | Ofrecemos Productos de limpieza e higiene en PANTENARIA # 2439 Col. JARDINES DE LA CRUZ C.P. 44950 . México Datos y productos de CRO EQUIPO DE LABORATORIO CROMATOGRAFIA |
| CASA YACUZIO | Productos para la higiene | Somos un proveedor de Productos para la higiene en Sarandí 1215 Buenos Aires, Bs. As. . Argentina Datos y productos de CASA YACUZIO |
| ANGLOSINO MEXICO cobertura: Asia, Norte, Centro y Sudamerica. | Productos de Higiene Personal, Productos de Higiene Personal | Somos proveedores de Productos de Higiene Personal en Cordillera Arakan No. 503 Int 1-B Col. Lomas 4a. Secc San Luis Potosi, San Luis Potosi C.P. 78216 . México Datos y productos de ANGLOSINO MEXICO |
| COLGATE - PALMOLIVE ARGENTINA | Productos de higiene personal | Ofrecemos Productos de higiene personal en 5 Y 105 San Luis, San Luis C.P. 5700 . Argentina Datos y productos de COLGATE - PALMOLIVE ARGENTINA |
| PABST AND SONS cobertura: Nacional | Productos para higiene, Productos para limpieza | Somos un proveedor de Productos para higiene en AVENIDA UNIVERSIDAD #507 Col. STA Ma AHUACATITLAN CUERNAVACA, MORELOS C.P. 62100 . México Datos y productos de PABST AND SONS |
| Boniquet | Productos de Higiene Bucal, Productos de cuidado personal | Somos proveedores de Productos de Higiene Bucal en San Andrés Atoto No.50-B Col. El Conde México, Edo. de Méx. C.P. 53500 . México Datos y productos de Boniquet |
| Bioscents cobertura: LA | Productos de Higiene Personal | Somos fornecedores de Productos de Higiene Personal en Brasil, Sao Paulo . Brasil Datos y productos de Bioscents |
| DCC | Productos de higiene personal | Somos un proveedor de Productos de higiene personal en Pilar 1947 Buenos Aires, Bs. As. . Argentina Datos y productos de DCC |
| Chem Lab Ltda. cobertura: Mundial | Productos para higiene oral, Productos dentales, Productos para cosmética bucal | Somos suplidores de Productos para higiene oral en Calle 100 47A-42 of 304
Col. Estoril Bogotá, Cundinamarca . Colombia Datos y productos de Chem Lab Ltda. |
| Quimiproductos | Productos para higiene de manos, Productos para tratamiento de aguas | Ofrecemos Productos para higiene de manos en Via matamoros 540 Col. Garza Cantu San Nicolás de los Garza, N.L. C.P. 66480 . México Datos y productos de Quimiproductos |
| Proquimia | productos para higiene industrial, quimicos para higiene | Somos un proveedor de productos para higiene industrial en Ctra. Prats, 6 Barcelona, Cataluña C.P. 08500 . España Datos y productos de Proquimia |
| Merck Colombia | Productos para monitoreo de higiene, Línea higiene industrial integral | Somos proveedores de Productos para monitoreo de higiene en Cra 65 No. 10-95 . Colombia Datos y productos de Merck Colombia |
| Indústria Química Anastácio | Productos para higiene y limpieza, Productos para la industria alimenticia | Ofrecemos Productos para higiene y limpieza en Rua João Tibiriça, 1262 Col. Lapa São Paulo, São Paulo C.P. 05077000 . Brasil Datos y productos de Indústria Química Anastácio |
| Basic Solutions | Productos para la higiene personal, Productos de limpieza | Somos un proveedor de Productos para la higiene personal en Helios 47 Leeds . Gran Bretaña Datos y productos de Basic Solutions |
| Directorio de empresas | Catálogo de proveedores |
| Productos Relacionados |
Solicitudes de compradores de: PRODUCTOS DE HIGIENE |
Solicitar éste u otro producto Ir menú Δ |
| ID | Producto de Interés | Consumo | Ubicación | Puesto | Observaciones |
|---|---|---|---|---|---|
| 439436 | Compra de Productos para higiene | 40 Piezas Para pruebas |
Comprador de Productos para higiene en LA PAZ, Bolivia | auxiliar |
enviar a mi correo todo los productos que ofrecen para selleccionar y poder comercializar ...
Ver detalle Mensaje al comprador |
| 568004 | Compra de Productos para higiene | 500 Piezas Mensual |
Comprador de Productos para higiene en Morelos, México | consultor |
Ver detalle Mensaje al comprador |
| 387286 | Compra de Productos para higiene biodegradables | 1000 Piezas Mensual |
Comprador de Productos para higiene biodegradables en zacatecas, México | gerencia |
Ver detalle Mensaje al comprador |
| 199352 | Compra de KITS HIGIENE ORAL | 2000 Piezas Trimestral |
Comprador de KITS HIGIENE ORAL en META, Colombia | COORDINADORA ESTRATEGIAS SALUDABLES |
PARA EVENTO EN COLEGIOS.PATROCINIO SOCIAL EN PROGRAMACION EN COLEGIOS
Ver detalle Mensaje al comprador |
| 252679 | Compra de SANITIZACION E HIGIENE INDUSTRIAL | 1 Servicios Única vez |
Comprador de SANITIZACION E HIGIENE INDUSTRIAL en DF, México | Dirección |
capacitaciòn sobre sanitización de plantas que manejan alimentos
Ver detalle Mensaje al comprador |
| 307159 | Compra de Artículos de higiene personal | 13975 Piezas Anual |
Comprador de Artículos de higiene personal en adquisiciones, México | servicios profesionales |
Por este medio solicito la cotización de este paquete de kit de limpieza personal, para el Instituto ...
Ver detalle Mensaje al comprador |
| 324838 | Compra de Señalización de seguridad e higiene | 270 Piezas Trimestral |
Comprador de Señalización de seguridad e higiene en YUCATAN, México | DISEÑADORA |
solicitud de señalizacion de seguridad e higiene, de acuerdo a la nornatividad mexicana 026 STPS 1998.
Ver detalle Mensaje al comprador |
| 210057 | Compra de equipo de seguridad e higiene industrial | 1000 Piezas Bimestral |
Comprador de equipo de seguridad e higiene industrial en San Salvador, El Salvador | Ventas |
Ver detalle Mensaje al comprador |
| 576635 | Compra de quimicos para Higiene de manos | 100 Litros Mensual |
Comprador de quimicos para Higiene de manos en casa, México | dueño |
Ver detalle Mensaje al comprador |
| 508537 | Compra de IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMAS DE SEGURIDAD INDUSTRIAL, HIGIENE, SALUD OCUPACIONAL Y MEDIO AMBIENTE | 2 Servicios Diario |
Comprador de IMPLEMENTACIÓN DE SISTEMAS DE SEGURIDAD INDUSTRIAL, HIGIENE, SALUD OCUPACIONAL Y MEDIO AMBIENTE en seguridad industrial, México | seguridad industrial |
quisiera implementar un buen sistema de seguridad y equipo para obreros y mantenimiento
Ver detalle Mensaje al comprador |
Clientes o compradores de: PRODUCTOS DE HIGIENE |
Si conoce compradores de este producto y desea compartir la información haga clic aquí Ir menú Δ |
Si usted desea saber quién compra, busca, importa, solicita, consume o requiere PRODUCTOS DE HIGIENE o productos similares, a continuación le presentamos una lista de algunos potenciales compradores de PRODUCTOS DE HIGIENE o similares seleccionados:
| No. de Oportunidad | Comprador de PRODUCTOS DE HIGIENE | Ubicación del comprador | Cantidad requerida | Información de contacto | Opine y Califique |
|---|---|---|---|---|---|
| 143520 (6-Ene-2008) |
JABONERIA GALESA |
JAL, México |
200 Piezas Bimestral |
Ver detalle Mensaje al comprador |
|
| 142977 (4-Ene-2008) |
Clinica Medica Cruz |
cd.nezahualcoyotl,edo.mexico, México |
1 Piezas Semanal |
Ver detalle Mensaje al comprador |
|
| 142486 (2-Ene-2008) |
comercio |
chicago, Estados Unidos |
10 Trayecto sencillo Semanal |
Ver detalle Mensaje al comprador |
|
| 142315 (2-Ene-2008) |
PRODUCCIONES JAM CARIBE |
ATLANTICO, Colombia |
100 Toneladas Mensual |
Ver detalle Mensaje al comprador |
|
| 140366 (19-Dic-2007) |
Purac Mexico |
México, México |
1 Servicios Diario |
Ver detalle Mensaje al comprador |
Empresas que incluyen en su nombre el término PRODUCTOS DE HIGIENE |
+ Agregar mi Empresa al directorio de QuimiNet Ir menú Δ |
| Empresa | Dirección / Información de contacto |
|---|---|
| HIGIENE CIUDAD | Perú 1712 Buenos Aires, Bs. As. C.P. 1171 , Argentina |
| Soluciones Integrales de Higiene | Calle Ebano No. 5-1 Col. Vista Hermosa Puebla, Puebla C.P. 72540 , México |
| SEGURIDAD E HIGIENE INDUSTRIAL | ALFAREROS # 92-A Col. COLONIA CENTRO San Pedro Tlaquepaque, Jalisco C.P. 45500 , México |
| Proveedors de Productos y Químicos PRP | México, México , México |
| Productos DF Argentina | J.V. Gonzalez 225 Col. Dorrego Mendoza, Mendoza C.P. 5519 , Argentina |
| PRODUCTOS ALIMETICIOS LA HERENCIA | MONTES DE VILLA RICA #146 Col. LOMAS 2DA. SECC SAN LUIS POTOSI C.P. 78210 , México |
| Industrializadora de Productos Forestales | Aquiles Serdan 2306 Col. Fracc. Fco. I. Madero Chihuahua, Chihuahua C.P. 31170 , México |
| PRODUCTOS DESHIDRATDOS EL LLANO | AVE. ADOLFO LOPEZ MATEOS 2380 Col. SINALOA CULIACAN, SINALOA C.P. 80260 , México |
| Alta Tecnologia En Productos de Seguridad | Paseo Echegaray No. 3-205 Col. Bosques de Echegaray Naucalpan, Estado de Mexico C.P. 53310 , México |
| Vipaz Importadora De Productos Veterinarios | Cordecruz Norte Calle 1oeste Nro.10 Col. Magisterio Bolivia, Santa Cruz , Bolivia |
Ofertas de proveedores de: PRODUCTOS DE HIGIENE |
Ofrecer mis productos a la industria Ir menú Δ |
| Producto | Ubicación | Cantidad | Precio | Comentarios |
|---|---|---|---|---|
| Maquila de Productos Quimicos | Sao Paulo, Brasil | 1e+06 Toneladas | 0 Real brasileño | Somos una indutsria quimica Brasilena especializada en la maquila de productos quimicos ... |
| productos promocionales | San Salvador, El Salvador | 10000 Piezas | 0 Dólar de los EUA | llaveros acrílicos impreso en ambas caras a full color segun especificaciones del cliente ... |
| productos textiles | coahuila, México | 1000 Piezas | 0 Dólar de los EUA | empresa dedicada a fabricar prendas textiles |
| ELABORACION COMPOSTA | colima, México | 100 Toneladas | 0 Peso mexicano | Somos una empresa creadora de productos organicos, podemos surtir el producto que mas se acerque ... |
| DESPENSAS NAVIDEÑAS | jalisco, México | 1 Piezas | 0 Peso mexicano | despensas para trabajadores y canastas navideñas |
| cargador solar | hongkong, China | 5000 Piezas | 35 Dólar de los EUA | cargador solar Parámetro La capacidad de la batería: 1400mAh Trabajo / voltaje de salida: ... |
| Envasadoras, Llenadoras, Embotelladoras, Bidoneras | Mendoza, Argentina | 5 Piezas | 1 Dólar de los EUA | Maquinas y equipos para la industria alimenticia. Llenadoras, envasadoras, tapadoras, embotelladoras, ... |
| Contacto Intercambio Comercial Internacional | Guatemala, Guatemala | 10 Piezas | 3 Dólar de los EUA | Intercambio Comercial. Qué necesita? Qué vende? Contáctenos. |
| Piezas Moldeadas en Fundición de Aluminio, Fabricación, Maquila y Elaboración de Modelos y Moldes | Estado de México, México | 20 Kilogramos | 4.33 Dólar de los EUA | Cualquier tipo de pieza fundida en aluminio, elaboramos modelos, asesoría técnica en diseño de productos, ... |
| Productos deshidratados de papas | Puerto Rico, Puerto Rico | 44000 Piezas | 3100 Dólar de los EUA | Somos representantes exclusivo de Compañia Americana IDAHO Pacific Corp. Para los siguientes territorios Caribe,Mejico, ... |
| Ofrecer mi producto a la industria |
Precios de PRODUCTOS DE HIGIENE o Similares |
+ Agregar información de precios de este producto Ir menú Δ |
| Producto | Fecha de Validez | Precio | Volumen | Condiciones | Tipo de Precio | Tipo de Fuente | Opine y Califique |
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| PRODUCTOS DE HIGIENE | 17-Mar-2009 a 17-Apr-2009 |
0.000 ARS | 0 0 a Para pruebas | Buenos Aires, Argentina | Estimado | Comprador que solicita el producto |
Noticias que incluyen en su texto el término PRODUCTOS DE HIGIENE |
Ir menú Δ
|
Más Noticias relacionadas con PRODUCTOS DE HIGIENE |
Ir menú Δ |
Artículos que incluyen en su texto el término PRODUCTOS DE HIGIENE |
Ir menú Δ |
Si usted requiere información de PRODUCTOS DE HIGIENE que incluyan en su texto el término PRODUCTOS DE HIGIENE (Parcial o Completamente), a continuación le presentamos una lista de artículos exclusivos publicados en el portal. Los artículos pueden incluir Definición del producto, Información Técnica, Propiedades, Características, Condiciones de Manejo y Disposición, Tipos, Usos y Aplicaciones, Nuevos Desarrollos, Problemas asociados, todo tipo de información de PRODUCTOS DE HIGIENE y mucho más. Usted puede leer en forma gratuita cada artículo y dar clic en Ampliar para ver el contenido completo:
Para disfrutar de una vitalidad y energía constante, el sentirse segura y fresca en cualquier momento del día son factores importantes, sin embargo, existen agentes que pueden afectar dichos factores, como una inadecuada higiene íntima.
El hablar de higiene íntima, es referirnos en especial a la salud de la mujer, ya que cuentan con una zona muy sensible y que requiere de una especial atención y cuidado, debido a que es un órgano que posee una piel delicada. Por ello, la necesidad de realizar ciertos cuidados e higiene adecuados en la zona.
Además del aseo acostumbrado, se pueden usar algunos productos para mantenerse lo más cómoda y fresca posible, como las toallitas húmedas, desodorante o gel intimo.
Hospitales y Quirófanos S. A. de C. V., es una empresa dedicada a la distribución de medicamentos y material de curación orientada hacia el sector salud.
En esta ocasión presenta su nueva Línea de Higiene Íntima Femenine Sensation:

Feminine Sensation
Aroma suave Seguridad y Frescura
Te ayuda a sentirse cómoda en todo momento, gracias a su aroma discreto y elegante, se aplica directamente en la piel, ropa interior o toalla íntima.
Presentaciones: Desodorante y Gel Intimo, Toallitas individuales para higiene intima, desarrollado para diferentes tipos de piel.
Conozca el Perfil, Productos, Dirección y Teléfono de Hospitales y Quirófanos S. A. de C. V.
O bien, haga contacto directo con Hospitales y Quirófanos S. A. de C. V., para solicitar mayor información sobre su Línea de Higiene Íntima Femenine Sensation.
Esta Norma entra en vigor el día 5 de marzo de 2005,
CARLOS MARÍA ABASCAL CARRANZA , Secretario del Trabajo y Previsión Social, con fundamento en los artículos 16 y 40, fracciones I y XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 512, 523, fracción I, 524 y 527 último párrafo de la Ley Federal del Trabajo; 3º, fracción XI, 38, fracción II, 40, fracción VII, 41, 43 al 47 y 52 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28 y 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 3º, 4º, 123 al 126 y 130 del Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo; 3º, 5º y 18 del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y
CONSIDERANDO
Que con fecha 22 de octubre de 1997 fue publicado en el Diario Oficial de Federación el Acuerdo por el que se modifica en forma integral la Norma Oficial Mexicana NOM-019-STPS-1993, Relativa a la constitución, registro y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo, para quedar como sigue: Norma Oficial Mexicana NOM-019-STPS-1993, Constitución y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo;
Que esta Dependencia a mi cargo, con fundamento en el artículo cuarto transitorio, primer párrafo del Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 1997, ha considerado necesario realizar diversas modificaciones a la referida Norma Oficial Mexicana, las cuales tienen como finalidad adecuarla a las disposiciones establecidas en el ordenamiento reglamentario mencionado;
Que con fecha 29 de julio de 2003, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 46, fracción I, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social presentó ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo, el Anteproyecto de Modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM‑019‑STPS‑1993, y que el citado Comité lo consideró correcto y acordó que se publicara como proyecto en el Diario Oficial de la Federación;
Que con objeto de cumplir con lo dispuesto en los artículos 69-E y 69-H de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, el Anteproyecto correspondiente fue sometido a la consideración de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, la que dictaminó favorablemente en relación al mismo;
Que con fecha 27 de mayo de 2004, en cumplimiento del Acuerdo del Comité y de lo previsto en el artículo 47, fracción I, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de Modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM‑019‑STPS‑1993, Constitución y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo, para quedar como NOM-019-STPS-2003, Constitución, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo, a efecto de que, dentro de los siguientes 60 días naturales a dicha publicación los interesados presentaran sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo;
Que habiendo recibido comentarios de cinco promoventes, el Comité referido procedió a su estudio y resolvió oportunamente sobre los mismos, publicando esta Dependencia las respuestas respectivas en el Diario Oficial de la Federación el 18 de noviembre de 2004 en cumplimiento a lo previsto por el artículo 47, fracción III, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización;
Que derivado de la incorporación de los comentarios presentados al proyecto de NOM-019-STPS-2003, Constitución, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo, así como de la revisión final del propio proyecto, se realizaron diversas modificaciones con el propósito de dar congruencia jurídica y certeza en cuanto a las disposiciones que aplican para las comisiones de seguridad e higiene, tomando en consideración desde luego, los principios de mejora regulatoria y simplificación administrativa, y
Que en atención a las anteriores consideraciones y toda vez que el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo otorgó la aprobación respectiva, se expide la siguiente:
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-019-STPS-2004, CONSTITUCIÓN, ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS COMISIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE EN LOS CENTROS DE TRABAJO.
Índice
1. Objetivo
2. Campo de aplicación
3. Definiciones
4. Obligaciones del patrón
5. Obligaciones de los trabajadores
6. Constitución
7. Organización
8. Funcionamiento
9. Asuntos no previstos
10. Procedimiento para la evaluación de la conformidad
Apéndice A. Datos mínimos que debe contener el acta de constitución de la comisión
Apéndice B. Datos mínimos que debe contener el acta de verificación
Apéndice C. Dictamen de verificación de la NOM-019-STPS-2004, Constitución, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo
11. Vigilancia
12. Concordancia con normas internacionales
13. Bibliografía
Transitorio
Guía de referencia. Información mínima para la investigación de causas de accidentes y enfermedades de trabajo
1. Objetivo
Establecer los lineamientos para la constitución, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo.
2. Campo de aplicación
La presente Norma rige en el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo.
3. Definiciones
Para efectos de la presente Norma se establecen las siguientes definiciones:
a) Accidente de trabajo: es toda lesión orgánica o perturbación funcional, inmediata o posterior, o la muerte, producida repentinamente en ejercicio o con motivo del trabajo, cualesquiera que sean el lugar y el tiempo en que se preste;
b) Actos inseguros: son las acciones realizadas por el trabajador, que omite o viola el método o medidas aceptadas como seguras;
c) Autoridad del trabajo; Autoridad laboral: son las unidades administrativas competentes de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, que realizan funciones de inspección en materia de seguridad e higiene de trabajo, y las correspondientes de las entidades federativas y del Distrito Federal que actúen en auxilio de ellas;
d) Actividades peligrosas: es el conjunto de tareas derivadas de los procesos de trabajo, que generan condiciones inseguras y sobre exposición a los agentes físicos, químicos o biológicos, capaces de provocar daño a la salud de los trabajadores o al centro de trabajo;
e) Centro de trabajo: todo aquel lugar, cualquiera que sea su denominación, en el que se realicen actividades de producción, de comercialización o de prestación de servicios, o en el que laboren personas que estén sujetas a una relación de trabajo;
f) Condiciones inseguras: son las situaciones o circunstancias peligrosas que derivan de los elementos que conforman el medio ambiente laboral y pueden hacer posible la ocurrencia de un accidente, enfermedad de trabajo o daño material;
g) Condiciones peligrosas: son aquellas que pueden provocar un incidente, accidente o una enfermedad de trabajo;
h) Enfermedad del trabajo: es todo estado patológico derivado de la acción continuada de una causa que tenga su origen o motivo en el trabajo o en el medio en que el trabajador se vea obligado a prestar sus servicios. Serán consideradas, en todo caso, enfermedades de trabajo, las consignadas en la Tabla del artículo 513 de la Ley Federal del Trabajo;
i) Incidente: acontecimiento no deseado que ocasiona o puede ocasionar daños al proceso, maquinaria, equipo y/o a las instalaciones del centro de trabajo, pero que en circunstancias diferentes, podría haber derivado en lesiones para las personas y que requiere ser investigado para considerarlo en la adopción de medidas preventivas;
j) Ley: Ley Federal del Trabajo;
k) Reglamento: Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo;
l) Riesgos de trabajo: son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo de su trabajo;
m) Sindicato: el sindicato titular del contrato colectivo de trabajo o administrador del contrato ley, y
n) Verificación: la constatación ocular y documental del cumplimiento del Reglamento y de las normas de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo.
4. Obligaciones del patrón
4.1 Mostrar a la autoridad del trabajo, cuando ésta así lo solicite, los documentos que la presente Norma le obligue a elaborar o poseer.
4.2 Participar en la constitución, organización y funcionamiento de la comisión.
4.3 Vigilar el funcionamiento de la comisión.
4.4 Proporcionar a los integrantes de la comisión la capacitación y adiestramiento en materia de seguridad e higiene necesarios para el adecuado ejercicio de sus funciones, de acuerdo con un programa que para tal efecto se establezca y donde se incluya al menos: nombre del tema, nombre del participante, nombre y firma de quien autoriza, fecha en que se realizará, y si es el caso, firma del instructor. Esta capacitación y adiestramiento debe otorgarse por lo menos una vez por año.
4.5 Atender las recomendaciones sobre las medidas preventivas de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo que le señale la comisión, de acuerdo a las actas de verificación que ésta levante y a las que se deriven de la investigación de las causas de los riesgos de trabajo.
4.6 Dar facilidades y permisos necesarios a los integrantes de la comisión para el desempeño de sus funciones.
4.7 Proporcionar a la comisión, la información que le solicite sobre los procesos de trabajo, las materias primas y sustancias utilizadas en los mismos, los incidentes, accidentes y enfermedades de trabajo, así como el resultado de las investigaciones practicadas con motivo de los riesgos de trabajo.
4.8 Si no hubiera sindicato, requerir a los trabajadores para que nombren a sus representantes en la comisión.
4.9 Difundir, fijar y mantener en lugar(es) visible(s) del centro de trabajo la relación actualizada de los integrantes de la comisión, precisando el puesto, turno y área de trabajo de cada uno de ellos, así como los resultados de las investigaciones de las causas de los riesgos de trabajo ocurridos y las medidas preventivas dictadas a fin de evitar su recurrencia.
5. Obligaciones de los trabajadores
5.1 Designar a los representantes que integrarán la comisión, a través del sindicato, seleccionándolos formalmente mediante consulta entre los trabajadores del centro de trabajo. A falta de sindicato, la mayoría de los trabajadores realizarán la designación respectiva.
5.2 Participar como miembros de la comisión, cuando sean designados y apoyar el funcionamiento de la misma proporcionándole información sobre condiciones peligrosas y actos inseguros que existan en el centro de trabajo y la requerida para la investigación de las causas de accidentes y enfermedades de trabajo.
5.3 Atender las recomendaciones sobre las medidas preventivas de seguridad e higiene en el trabajo que les señale la comisión, de acuerdo a las actas de verificación que ésta levante conforme a la normatividad y experiencias técnicas en la materia.
5.4 Asistir a cursos, talleres, diplomados o cualquier otro medio de capacitación o adiestramiento que en materia de salud, seguridad e higiene se imparta, de conformidad con el programa que al efecto se establezca de manera conjunta por quienes integran la comisión.
6. Constitución
6.1 Las comisiones deben integrarse en los centros de trabajo en un plazo no mayor de treinta días hábiles, a partir de la fecha de iniciación de actividades, y éstas deben contar con su acta de constitución en aquellos centros de trabajo que ya se encuentren laborando y mostrarla a la autoridad laboral cuando se los requiera.
6.2 El patrón debe formalizar la constitución de la comisión en sesión con los miembros que se hayan seleccionado y con la representación del sindicato, si lo hubiera. En esta sesión se levantará el acta de integración correspondiente que debe contener como mínimo la información que se enuncia en el Apéndice A. Esta acta debe ser exhibida cuando la autoridad laboral así lo requiera.
6.3 De la integración.
6.3.1 Integrar una comisión de seguridad e higiene por cada centro de trabajo.
6.3.1.1 La comisión de seguridad e higiene debe integrarse de la siguiente manera:
a) en el caso de que el centro de trabajo cuente con menos de 15 trabajadores, la comisión de seguridad e higiene debe estar integrada por un trabajador y por el patrón o su representante, y asumirán las funciones y responsabilidades establecidas en la presente Norma;
b) para el caso de que el centro de trabajo cuente con 15 trabajadores o más, la comisión de seguridad e higiene debe estar integrada, invariablemente, por un coordinador y un secretario, así como por los vocales que acuerden el patrón o sus representantes, y el sindicato o el representante de los trabajadores cuando no exista la figura sindical, asumiendo las funciones y responsabilidades establecidas en esta norma.
Nota.- además de la comisión de seguridad e higiene que refiere el inciso b), las empresas podrán organizarse internamente, considerando el número de trabajadores, la rama industrial, el grado de riesgo y la región geográfica, para lo cual establecerán las funciones y responsabilidades que acuerden el patrón o sus representantes y el sindicato o el representante de los trabajadores cuando no exista la figura sindical, para el cumplimiento de esta Norma.
6.4 La representación de los trabajadores debe estar conformada por aquéllos que desempeñen sus labores directamente en el centro de trabajo y que, preferentemente, tengan conocimientos o experiencia en materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo.
7. Organización
7.1 La comisión se organizará en los términos que señala el apartado 6.3.1.1. En caso de no existir sindicato, podrán designar el número de vocales que acuerden ambas representaciones.
Para cumplir con las funciones que señala esta Norma, el coordinador, el secretario y los vocales recibirán capacitación, conforme a lo previsto en el Reglamento.
7.1.1 El coordinador será responsable de:
a) Presidir las reuniones de trabajo de la comisión;
b) Dirigir y coordinar el funcionamiento de la comisión;
c) Integrar en el acta de verificación de la comisión, la propuesta de medidas para la prevención de accidentes y enfermedades de trabajo que emitan los miembros de ella, constatando que estén sustentadas en la normatividad en materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo;
d) Promover la participación responsable de los integrantes de la comisión y constatar que cada uno de ellos cumpla con las tareas asignadas;
e) Presentar al patrón la programación anual de las verificaciones, a fin de integrarlas en el programa de seguridad e higiene de la empresa o en la relación de actividades a cumplir, conforme a lo establecido en el artículo 130 del Reglamento;
f) Vigilar que se realicen las investigaciones de las causas de accidentes de trabajo para su análisis e integrar las conclusiones en el acta de verificación, la cual será turnada al secretario;
g) Elaborar al término de la verificación, conjuntamente con el secretario, el acta de verificación de la comisión, misma que será validada mediante la firma de todos los que hayan participado en la misma y entregarla al patrón de inmediato;
h) Participar conjuntamente con el secretario en las inspecciones de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo que practique la autoridad laboral en el centro de trabajo;
i) Coadyuvar con el patrón en asesorar a los vocales y al personal de los centros de trabajo, para la detección de condiciones peligrosas presentes en su medio ambiente laboral;
j) Solicitar, previo acuerdo de la comisión, la sustitución de sus integrantes;
k) Proponer al patrón, los temas de capacitación necesarios para mejorar el desempeño de la comisión de seguridad e higiene en el trabajo.
7.1.2 El secretario será responsable de:
a) Mantener bajo custodia copia del acta de constitución, y de la evidencia documental que se genere por la sustitución o cambio de algún integrante, así como de la capacitación de los integrantes de la propia comisión;
b) Convocar a los integrantes de la comisión para efectuar las verificaciones programadas;
c) Organizar y apoyar el desarrollo de las reuniones de trabajo de la comisión, de acuerdo con el coordinador;
d) Integrar al acta de verificación de la comisión, la relación de las violaciones a la normatividad y condiciones peligrosas encontradas en la verificación;
e) Integrar al acta de verificación las recomendaciones para la prevención, eliminación o reducción de condiciones peligrosas o actos inseguros que aseguren la integridad de los trabajadores y la protección del medio ambiente de trabajo e instalaciones, con fundamento en la normatividad aplicable y en experiencias operativas en materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo;
f) Integrar al acta de verificación, los resultados de las investigaciones de incidentes, accidentes y enfermedades de trabajo, así como las recomendaciones que se apliquen para evitar su recurrencia;
g) Participar conjuntamente con el coordinador en las inspecciones de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo que practique la autoridad laboral en los centros de trabajo;
h) Asesorar a los vocales y al personal de los centros de trabajo en la verificación y en la detección de condiciones peligrosas presentes en el mismo;
i) Mantener bajo custodia una copia de las actas de verificación por lo menos doce meses más a partir de la terminación del programa anual de verificación, para revisar el seguimiento de las propuestas de medidas para la prevención de incidentes, accidentes y enfermedades de trabajo, así como cualquier documentación que se relacione con la integración, funcionamiento y organización de la comisión;
j) Vigilar que los integrantes de la comisión que participaron en la verificación firmen el acta respectiva;
k) Conjuntamente con el coordinador, presentar y entregar el acta de verificación al patrón;
l) Integrar el programa anual de capacitación para los integrantes de la comisión con los temas en materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo que hayan sido aprobados por la comisión de seguridad e higiene, para optimizar el desempeño del grupo.
7.1.3 Los vocales serán responsables de:
a) Participar en la verificación;
b) Detectar y recabar información sobre condiciones peligrosas y necesidades de capacitación y actualización en temas de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo en el área que le designe verificar la comisión a cada uno de ellos;
c) Participar en la elaboración del acta correspondiente aportando sus observaciones y las violaciones a las normas que se detectaron durante la verificación;
d) Apoyar las actividades de promoción y de orientación a los trabajadores, que se indiquen en el seno de la comisión.
7.2 En la sesión de integración de la comisión se nombrará al coordinador, secretario y los vocales que acuerden las partes, asentándolo en el acta de integración conforme a lo previsto en el inciso 6.2 de esta Norma. El puesto de coordinador lo ocupará el representante que designe el patrón; el secretario será el representante de los trabajadores designado por el sindicato, en caso de no existir la figura sindical, su selección se hará entre y por los integrantes de esta representación; los demás miembros de la comisión, serán nombrados vocales, y los nombramientos del coordinador, secretario y vocales tendrán una vigencia de dos años.
7.3 Los puestos de coordinador y secretario se alternarán cada dos años entre los representantes patronal y obrero.
7.4 En caso de ausencia temporal del coordinador o secretario de la comisión, su puesto será ocupado por uno de los vocales de la representación que corresponda. Cuando no exista vocal, se procederá a la designación respectiva de acuerdo al inciso 7.2.
7.5 Los integrantes de la comisión podrán ser sustituidos por acuerdo del patrón, del sindicato o de la mayoría de los trabajadores en caso de no existir sindicato, por los siguientes motivos:
a) Negarse a cumplir con los procedimientos para evitar incidentes, accidentes o enfermedades de trabajo;
b) No cumplir con las actividades establecidas por la propia comisión;
c) No asistir a dos verificaciones programadas consecutivas de forma injustificada, o
d) Por ausencia definitiva.
Nota: la comisión anexará al acta correspondiente, el nuevo nombramiento.
8. Funcionamiento
Para vigilar el cumplimiento de las disposiciones que señala el Reglamento y las normas aplicables emitidas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, las comisiones deben llevar a cabo las siguientes actividades:
8.1 Establecer una programación anual de verificaciones, asignando prioridades de acuerdo a los incidentes, accidentes y enfermedades de trabajo y a las áreas con mayores condiciones peligrosas, dentro de los 15 días siguientes a la integración de la comisión, y posteriormente a más tardar en los primeros 15 días hábiles de cada año.
8.2 Realizar las verificaciones programadas; mensuales, bimestrales o trimestrales, según lo acordado en el programa anual, para detectar condiciones peligrosas.
8.3 Efectuar verificaciones extraordinarias en caso de accidentes o enfermedades de trabajo que generen defunciones o incapacidades permanentes, cambios en el proceso de trabajo con base en la información proporcionada por el patrón o a solicitud de los trabajadores, cuando reporten condiciones peligrosas que, a juicio de la propia comisión, así lo ameriten.
8.4 De cada una de las verificaciones se levantará un acta anotando las condiciones peligrosas y el incumplimiento, que en su caso existan, al Reglamento o a las normas aplicables en materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo; las propuestas de medidas para su corrección; los resultados de las recomendaciones atendidas y el proceso de resolución de las que queden pendientes. Esta acta será entregada por el coordinador al patrón, quien la deberá conservar, al menos, por doce meses y exhibirla a la autoridad laboral cuando así lo requiera.
8.5 Investigar, analizar y registrar en el acta de verificación de la comisión, las causas de los accidentes y enfermedades de trabajo y proponer medidas para prevenirlos.
8.6 Atender y asentar en las actas de verificación de la comisión, las condiciones peligrosas que le señalen los trabajadores, emitiendo las observaciones que correspondan, haciéndolas del conocimiento del patrón de manera inmediata.
8.7 Cuando la comisión sufra un cambio o modificación en sus integrantes ésta deberá proporcionar un curso de inducción a las funciones que desarrolle como nuevo integrante.
9. Asuntos no previstos
9.1 En caso de existir situaciones no definidas en la presente Norma, las partes podrán acudir ante la autoridad laboral competente para que resuelva lo procedente y ésta deberá dar respuesta en un lapso de 15 días hábiles. En caso de que la autoridad laboral no resuelva en dicho plazo, la propuesta que en su caso hayan presentado las partes, se entenderá aprobada.
10. Procedimiento para la evaluación de la conformidad
10.1 Unidades de verificación
a) El patrón tendrá la opción de contratar una unidad de verificación acreditada y aprobada, en los términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su Reglamento, para verificar el grado de cumplimiento con la presente Norma.
b) Para obtener el directorio de unidades de verificación que están aprobadas ante la dependencia y puedan extender el dictamen de conformidad con esta Norma Oficial Mexicana, podrán ingresar a la página de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, vía Internet, en la dirección www.stps.gob.mx, en la sección de Servicios y Trámites de la Dirección General de Seguridad y Salud en el Trabajo; aprobación de unidades de verificación.
c) Las unidades de verificación contratadas a petición de parte deben verificar el grado de cumplimiento de los Apartados 4.2 al 4.9; los capítulos 6, 7 y 8 y los Apéndices A y B.
d) Las unidades de verificación deben entregar al patrón el dictamen de verificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-019-STPS-2004, Constitución, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo.
e) La vigencia del dictamen de verificación emitido por la unidad de verificación será de dos años.
10.2 La evaluación de la conformidad consistirá en evaluar mediante la verificación documental y/o de interrogatorio, a través de los responsables de los centros de trabajo que atiendan en su caso, la diligencia de la autoridad laboral o la vista de la unidad de verificación de conformidad con lo siguiente:
1. Acta constitutiva de la comisión de seguridad e higiene y, en su caso, sus actualizaciones conforme al Capítulo 6 y Apéndice A de la presente Norma, vía documental y solicitar la presencia de los integrantes de la comisión.
2. Programa anual de verificación acordado conforme a las prioridades o cuando existan cambios por causas extraordinarias, vía documental.
3. Actas de verificación ordinarias o extraordinarias (según sea el caso) de acuerdo al programa anual establecido en el centro de trabajo conforme al Capítulo 8 y Apéndice B de la presente Norma y la existencia de evidencias de seguimiento de las medidas solicitadas en las actas generadas en los doce meses anteriores, vía documental.
4. Cumplimiento de las obligaciones del patrón especificadas en el apartado 4 de la presente Norma, vía documental, ocular e interrogatorio.
5. Evidencias documentales de que ha capacitado y adiestrado a la comisión en temas relacionados con la seguridad e higiene y tratándose de nuevos integrantes, que éstos estén considerados en el programa de capacitación.
6. Que los integrantes de la comisión de seguridad e higiene, están capacitados para cumplir con sus funciones y responsabilidades, conforme al programa anual de verificación.
7. Que la comisión de seguridad e higiene realiza las verificaciones y las correspondientes actas ordinarias o extraordinarias, según sea el caso, de las condiciones de seguridad e higiene que deben prevalecer en el centro de trabajo, conforme al programa anual establecido para tal fin.
8. Que la comisión de seguridad e higiene desarrolla sus responsabilidades y funciones conforme se especifica en las secciones 7 y 8 de la presente Norma.
10. 3 De la documentación.
a) Los dictámenes de verificación que emita la unidad de verificación aprobada y acreditada seran reconocidos por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
b) El dictamen de verificación favorable que emita la unidad de verificación debe indicar que el centro de trabajo cumple con lo que establece esta Norma Oficial Mexicana y debe estar conforme con lo que se indica en el Apéndice C.
c) La violación a cualquiera de las disposiciones establecidas en este procedimiento de evaluación de la conformidad, motivará la multa, suspensión o revocación de la aprobación de la unidad de verificación.
d) Las evaluaciones de la conformidad por unidades de verificación se podrán efectuar sin perjuicio de las atribuciones de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social para realizar las visitas de inspección conforme a la Ley Federal del Trabajo y a las disposiciones reglamentarias por parte de la autoridad del trabajo en cualquier momento.
Apéndice A.
Datos mínimos que debe contener el acta de constitución de la comisión.
A.1 Datos de la empresa.
a) Nombre, denominación o razón social;
b) Registro patronal del IMSS;
c) Domicilio;
d) Teléfono, fax, correo electrónico;
e) Rama o actividad económica;
f) Fecha de inicio de actividades;
g) Número de trabajadores del centro de trabajo.
A.2 Datos de la comisión.
a) Nombre de los integrantes: coordinador, secretario y vocales;
b) Número de centros de trabajo en los que rige la comisión (domicilio, RFC y registro patronal del IMSS);
c) Fecha de integración (día, mes y año);
d) Nombre y firma del representante del patrón, y
e) Nombre y firma del representante de los trabajadores.
Nota.-se debe llenar un acta con toda la información requerida en este Apéndice, por cada comisión y por cada centro de trabajo que exista.
Apéndice B.
Datos mínimos que debe contener el acta de verificación.
a) Fecha del acta;
b) Número consecutivo del acta;
c) Lugar en que se reúne la comisión para preparar el acta de verificación;
d) La hora en que se reúne la comisión para preparar el acta de verificación;
e) Fecha en que se reúne la comisión para preparar el acta de verificación;
f) Periodo que comprende la verificación;
g) Denominación del centro de trabajo;
h) Denominación de la comisión;
i) Domicilio (calle, número, colonia, ciudad, entidad federativa, código postal);
j) Cantidad total de trabajadores;
k) Mencionar si se trata de una verificación ordinaria (conforme al programa anual) o si es extraordinaria;
l) Áreas, instalaciones o centros de trabajo verificados (deben coincidir con el programa anual);
m) Las condiciones peligrosas detectadas durante el recorrido por las instalaciones del centro de trabajo;
n) La causa-efecto de cada condición o acto inseguro detectado;
o) Citar la normatividad que se está incumpliendo en materia de seguridad, higiene y medio ambiente de trabajo;
p) Recomendar la solución que por consenso en el seno de la comisión se considere como la óptima para prevenir, eliminar o reducir condiciones peligrosas;
q) Asignar la prioridad con la que se deben atender las recomendaciones;
r) Designar al responsable de atender directamente la recomendación;
s) El avance de las recomendaciones en proceso;
t) La causa de las recomendaciones pendientes;
u) El resultado de las recomendaciones atendidas;
v) Los resultados del análisis de los incidentes, accidentes y enfermedades de trabajo ocurridos en el periodo que se reporta, así como las medidas que se recomienden para evitar su recurrencia;
w) Actividades relevantes;
x) Asuntos generales;
y) Nombre y firma de los representantes del patrón, integrantes de la comisión, y
z) Nombre y firma de los representantes de los trabajadores que participaron en la verificación.
Apéndice C.
Dictamen de verificación de la NOM-019-STPS-2004, Constitución, organización
y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo.
C.1 De conformidad con lo dispuesto en los artículos 3o. fracciones IV-A, XVII, 68,70, 70-C, 73, 74, 84, 85, 86, 87, 88, 91, 92, 94, 97, 98 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y demás disposiciones legales aplicables, en mi carácter de representante legal de La Unidad de Verificación con registro número:…….………………….., con acreditación vigente de fecha:……………………. otorgada por la entidad de acreditación autorizada y con aprobación vigente de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social otorgada en oficio número:………………. de fecha:…………………….. emite el presente dictamen favorable ( ) no favorable ( ) habiéndose aplicado el procedimiento para la evaluación de la conformidad correspondiente a la NOM-019-STPS-2004, Constitución, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene en los centros de trabajo.
C.2 Datos del visitado:
a) Número del dictamen;
b) Fecha de inicio;
c) Fecha de conclusión;
d) Nombre o razón social del visitado;
e) Giro del centro de trabajo;
f) Domicilio;
g) Calle y número;
h) Colonia o población;
i) Municipio o población;
j) Ciudad o estado;
k) Código postal;
l) Teléfono y fax, y
m) Correo electrónico.
C.3 Representante:
a) Nombre;
b) Teléfono y fax, y
c) Correo electrónico.
C.4 Declaro bajo protesta de decir verdad, que los datos asentados en el dictamen de verificación son verdaderos, acepto la responsabilidad que pudiera derivarse de la veracidad de los mismos, haciéndome acreedor a las sanciones que en su caso procedan.
C.5 Datos del titular de la unidad de verificación:
a) Nombre y firma de la unidad de verificación;
b) Domicilio;
c) Calle y número;
d) Colonia o población;
e) Municipio o población;
f) Ciudad o estado;
g) Código postal;
h) Teléfono y fax;
i) Correo electrónico;
j) Número de acreditación, y
k) Número de aprobación.
11. Vigilancia
La vigilancia del cumplimiento de esta Norma Oficial Mexicana corresponde a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
12. Concordancia con normas internacionales
No existe concordancia con alguna norma internacional, al momento de su elaboración.
13. Bibliografía
a) Ley Federal del Trabajo, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de abril de 1970;
b) Reglamento de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de enero de 1997;
c) Ley de Prevención de Riesgos Laborales. España. Ley 31/1995, 8 de noviembre de 1995, pp. 42-44, y
d) Legislación sobre Seguridad en el Trabajo. Canadá. Memorándum de Entendimiento México-Canadá. Intercambio Documental. 1993.
Transitorio
ÚNICO.- La presente Norma entrará en vigor a los 60 días siguientes de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Guía de Referencia
Información mínima para la investigación de causas de accidentes y enfermedades de trabajo
El contenido de esta guía es un complemento para la mejor comprensión de la presente Norma, y no es de cumplimiento obligatorio.
Esta guía indica de manera general, los puntos que pueden observarse para realizar la investigación de las causas de accidentes y enfermedades de trabajo.
1.- Identificación:
a) Datos generales del centro de trabajo: razón social, domicilio;
b) Datos generales del trabajador accidentado o enfermo: edad, sexo, puesto de trabajo, antigüedad en el puesto y antigüedad en la empresa;
c) Accidente: lugar, hora y fecha cuando ocurrió;
d) Enfermedad: fecha en que se manifiesta.
2.- Descripción: secuencia de cómo sucedió el accidente o enfermedad de trabajo.
3.- Consecuencias: enfermedad o parte del cuerpo que sufrió lesión, daños materiales y costo estimado.
4.- Análisis:
a) Agente: físicos, químicos, biológicos, psicosociales y ergonómicos;
b) Acto inseguro;
c) Condiciones inseguras;
d) Actividades peligrosas;
e) Condiciones peligrosas.
5.- Probabilidad de recurrencia del accidente: (frecuente, ocasional, raro).
6.- Gravedad potencial del daño: (grave, serio, leve).
7.- Prevención: medidas de control propuestas para evitar los actos y condiciones inseguras (condiciones peligrosas).
8.- Observaciones.
9.- Datos de los integrantes de la comisión que investigan los accidentes o enfermedades: nombre, firma y fecha.
Dado en la ciudad de México, Distrito Federal, a los treinta días del mes de noviembre de dos mil cuatro.
EL SECRETARIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
CARLOS MARÍA ABASCAL CARRANZA
Los Cosméticos, Productos de Higiene y Perfumes son preparaciones constituidas por substancias naturales o sintéticas, de uso externo en las diversas partes del cuerpo humano, piel, sistema capilar, uñas, labios, órganos genitales externos, dientes y membranas mucosas de la cavidad oral, con el objetivo exclusivo o principal de limpiarlos, perfumarlos, alterar su apariencia y/o corregir olores corporales y/o protegerlos o mantenerlos en buen estado.
Las empresas tiene la responsabilidad de evaluar la estabilidad de sus productos, antes de ponerlos a disposición del consumo, requisito fundamental para la calidad y seguridad de los mismos. Productos expuestos para el consumo y que presenten problemas de estabilidad organoléptica, físico-química y/o microbiológica, además de incumplir los requisitos técnicos de calidad pueden colocar en riesgo la salud del consumidor.
La presentación de los datos de estabilidad, exigida en el acto de la regularización del producto o por la autoridad sanitaria cuando se realicen las inspecciones, está establecida en la legislación vigente de cada país. Además, debe ser cumplido lo establecido en el Término de Responsabilidad firmado por la empresa, por medio del cual declara poseer datos que aseguran la eficacia y la seguridad de su producto.
Por el perfil de estabilidad de un producto es posible evaluar su desempeño, seguridad y eficacia, además de su aceptación por el consumidor.
El estudio de estabilidad proporciona indicaciones sobre el comportamiento del producto, en determinado intervalo de tiempo, frente a condiciones ambientales a las que pueda ser sometido, desde la fabricación hasta su expiración.
Cada componente, activo o no, puede afectar la estabilidad de un producto. Variables relacionadas a la formulación, al proceso de fabricación, al material de acondicionamiento y a las condiciones ambientales y de transporte pueden influenciar en la estabilidad del producto. Conforme el origen, las alteraciones pueden ser clasificadas como extrínsecas, cuando son determinadas por factores externos; o intrínsecas, cuando son determinadas por factores inherentes a la formulación.
Se refieren a factores externos a los cuales el producto está expuesto, tales como:
El envejecimiento del producto puede llevar a alteraciones en las características organolépticas, físico-químicas, microbiológicas y toxicológicas.
Temperaturas elevadas aceleran reacciones físico-químicas y químicas, ocasionando alteraciones en: la actividad de componentes, viscosidad, aspecto, color y olor del producto. Las bajas temperaturas aceleran posibles alteraciones físicas como turbiedad, precipitación, cristalización.
La luz ultravioleta, conjuntamente con el oxígeno, origina la formación de radicales libres y desencadena reacciones de óxido-reducción. Los productos sensibles a la acción de la luz deben ser acondicionados en lugares protegidos, en frascos opacos u oscuros y deben ser adicionadas substancias antioxidantes en la formulación, con el propósito de retardar el proceso oxidativo.
Este factor afecta principalmente las formas cosméticas sólidas como talco, jabón en barra, sombras, sales de baño, entre otras. Pueden ocurrir alteraciones en el aspecto físico del producto, volviéndolo blando, pegajoso, o modificando su peso o volumen, como también contaminación microbiológica.
Los materiales utilizados para el acondicionamiento de los productos cosméticos, como vidrio, papel, metal y plástico pueden influenciar en la estabilidad.
Deben ser efectuadas pruebas de compatibilidad entre el material de acondicionamiento y la formulación, con el propósito de determinar la mejor relación entre ellos.
Los productos cosméticos más susceptibles a la contaminación son los que presentan agua en su formulación como emulsiones, geles, suspensiones o soluciones.
La utilización de sistemas conservantes adecuados y validados, así como el cumplimiento de las Buenas Prácticas de Fabricación son necesarios para la conservación adecuada de las formulaciones.
Vibración durante el transporte puede afectar la estabilidad de las formulaciones, ocasionando separación de fases de emulsiones, compactación de suspensiones, alteración de la viscosidad entre otros. Un factor agravante del efecto de la vibración es la alteración de la temperatura durante el transporte del producto.
Son factores relacionados a la propia naturaleza de las formulaciones y sobre todo a la interacción de sus ingredientes entre sí y/o con el material de acondicionamiento.
Resultan en incompatibilidades de naturaleza física o química que pueden, o no, ser visualizadas por el consumidor.
Ocurren alteraciones, en el aspecto físico de la formulación, observadas por: precipitación, separación de fases, cristalización, formación de grietas, entre otras.
Se deben compatibilizar tres diferentes aspectos relacionados al valor del pH: estabilidad de los ingredientes de la formulación, eficacia y seguridad del producto.
Ocurren procesos de oxidación o reducción llevando a alteraciones de la actividad de las substancias activas, de las características organolépticas y físicas de las formulaciones.
Suceden en la presencia del agua, siendo más sensibles las substancias con funciones éster y amida. Cuanto más elevado es el contenido de agua en la formulación, es más probable que se presente este tipo de reacción.
Son reacciones químicas indeseables que pueden ocurrir entre ingredientes de la formulación anulando o alterando su actividad.
Son alteraciones químicas que pueden acarrear modificación a nivel físico o químico entre los componentes del material de acondicionamiento y los ingredientes de la formulación.
Además de estos aspectos es necesario considerar también el mantener las características del producto en cuanto a la:
Para buscar proveedores o empresas que ofrezcan cámaras de estabilidad solicitar una cotización o precio de cámaras de estabilidad o más información, visite nuestro buscador de la industria.
A continuación le presentamos a T5DC, proveedor de cámaras de estabilidad:
T5DC representa, comercializa y cuenta con área de soporte técnico para las cuatro líneas de equipo especializado a las que se dedica profesionalmente:
GE ANALYTICAL INSTRUMENTS: línea estadounidense de analizadores de Carbono Orgánico Total (TOC) para cumplimiento farmacopeico mundial de agua purificada y/o aplicaciones de validación de limpieza.
STEELCO: línea italiana de máquinas lavadoras validables para material de laboratorio y/o producción.
SANYO: línea japonesa de equipamiento para laboratorio como ultracongeladores, congeladores, refrigeradores farmacéuticos, autoclaves e incubadoras.
WEISS-GALLENKAMP: cámaras de estabilidad y fotoestabilidad.
Conozca el Perfil, Productos, Dirección y Teléfono de T5DC.
O bien, haga contacto directo con T5DC para solicitar mayor información sobre cámaras de estabilidad.
Guía de Estabilidad de Productos Cosméticos / serie Calidad en Cosméticos
Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria. -- 1. ed. -- Brasilia, 2004.
Las pruebas de estabilidad en los productos cosméticos
Estudios de Estabilidad – Estabilidad Preliminar
Estudios de Estabilidad – Estabilidad Acelerada
Estudios de Estabilidad – Prueba de Anaquel
Más Artículos relacionados con PRODUCTOS DE HIGIENE |
Ir menú Δ |
| Regístrese Gratis |
|
|
QuimiNet es el medio industrial más importante de Latinoamérica. QuimiNet no vende este producto ni ninguno otro, enlaza proveedores y clientes y ofrece información valiosa a la comunidad industrial. La información que se muestra en esta página fue generada por QuimiNet, provino de algún medio público o de algún usuario del portal. QuimiNet cree que es correcta mas no puede garantizarlo. Si el producto es una marca registrada, QuimiNet declara explícitamente que la misma no es propiedad más que de su legítimo dueño. Si usted quiere reportar algún asunto respecto a una marca de su empresa que aparezca en esta página favor de hacer clic mas abajo en la liga de políticas de uso. |
|
|
Acerca de QuimiNet.com
|
Contactar a QuimiNet
|
QuimiNet.com Teléfono para México, España, Centroamérica, Caribe: +52 (55) 5272-3100
Copyright © 2000 - 2012 Políticas de uso |
|